Viernes 1 de Julio de 2011

   Viernes 1 de Julio de 2011


La CAT ha firmado este Código de Conducta que es una herramienta de adhesión voluntaria, a travéz de la cual los distintos  actores del sector turístico, se comprometen a implementar buenas prácticas, para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y la prevención de la explotación sexual, laboral y la trata en el ámbito del turismo.
El comercio y la explotación laboral y sexual de niñas, niños y adolescentes son un DELITO que es reprimido con prisión de hasta 15 años (artículo 145. del Código Penal y Ley 26.364) Si desea acceder al código de conducta:
http://www.camaraargentinadeturismo.travel/codigo_conducta_1.php



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