Martes 8 de Agosto de 2006
Martes 8 de Agosto de 2006
La Asesoría Impositiva de la Cámara Argentina de Turismo elaboró diferentes informes relacionados con la actualidad en esa materia, los que detallamos a continuación:
INGRESOS BRUTOS, CONVENIO MULTILATERAL.
Con referencia al Coeficiente de Ingresos y Egresos-Gastos de Transporte, se establece que a los efectos del cálculo del coeficiente anual de distribución de ingresos, según el artículo 2 del Convenio Multilateral, los ingresos y gastos computables deben ser considerados netos de devoluciones, bonificaciones, descuentos u otros conceptos similares, según correspondan, con independencia de las circunstancias y del momento en que tales hechos ocurran. Asimismo, los gastos de transporte deben ser distribuidos por partes iguales entre las jurisdicciones en las que se realice el transporte, considerando cada una de las operaciones. Se recuerda además, que la vigencia de aplicación regirá desde el 1 de enero de 2007.
VARIACION DEL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL.
Se ha publicado en el Boletín Oficial la Resolución Nº 2/2006 del Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, que fija nuevos montos para el salario mínimo.
El cronograma de aplicación será el siguiente:
Desde | Mínimo mensual | Mínimo horario |
1/8/2006 | $ 760 | $ 3.80 |
1/9/2006 | $ 780 | $ 3.90 |
1/11/2006 | $ 800 | $ 4.00 |
Base hora: 200 horas Mensuales.
Se excluyen de este sistema los trabajadores agrarios y del servicio doméstico.