Jueves 31 de Mayo de 2012
Jueves 31 de Mayo de 2012
La Cámara Argentina de Turismo (CAT) informó que la implementación de la Resolución Nº 3.333 de la AFIP resuelve la situación de los argentinos que necesitan comprar dólares para viajar al exterior, dado que establece un canal de gestión diferenciado en relación a quienes adquieren divisas para otros usos.
Los residentes en el país que demanden la adquisición de moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior, deberán realizar un trámite a través de la página web de la AFIP. Deben cumplimentarlo mediante la utilización del servicio con “clave fiscal” denominado “Consulta de Operaciones Cambiarias”, opción “Viajes al Exterior”.
“Esta herramienta informática resulta opcional para quienes deseen adquirir moneda extranjera para sus viajes al exterior. Las agencias de viajes continuarán comercializando sus servicios turísticos en pesos como lo vienen realizando regularmente, dado que no poseen restricciones para comprar las divisas en el mercado oficial y transferir al exterior el pago de los servicios contratados. Por ello, las agencias son y siguen siendo el canal más confiable para la compra de servicios turísticos en el exterior”, manifestó Fernando Gorbarán, Secretario de la CAT.
Los consumos en el exterior, así como la compra de pasajes y de paquetes de hotelería con tarjetas de crédito, se siguen abonando en pesos siempre sobre la base del tipo de cambio oficial.
OTRAS ACLARACIONES
Consultado por el diario “Página/12”, Gorbarán contribuyó a despejar algunas de las dudas más frecuentes de los viajeros al exterior:
• ¿Todos los que viajan al exterior deben hacer el trámite online? No, sólo aquellos que tengan que comprar divisas extranjeras. Quienes ya tengan la moneda en su poder, no deben realizar ningún trámite.
• ¿Las agencias de turismo deben informar a la AFIP? No, los trámites son individuales. Las agencias no deben dar ningún tipo de información en relación con la nueva normativa.
• Al momento de comprar un paquete en una agencia de turismo, ¿hay que informar a la AFIP? Tampoco. El organismo no tiene restricción para la venta de paquetes. Estos pueden pagarse en las agencias con pesos o con tarjeta de crédito.
• ¿Hay que ir a Ezeiza con el comprobante de la AFIP? No. Una vez que se tiene el dinero, sólo hay que declararlo cuando se llega al país de destino, como sucede habitualmente.